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Impacto del Programa Territorial “Desarrollo de productos y servicios de salud”

El impacto se entiende como “el cambio –positivo o negativo– que resulta de la puesta en marcha de un conjunto de servicios o actividades en un determinado contexto social y ambiental. Generalmente, se mide en el largo plazo. La evaluación de impacto, por tanto, mide el cambio en un resultado de desarrollo que se puede atribuir a una intervención definida.”(1) Las diversas definiciones de impacto que aparecen en la bibliografía científica tienen elementos en común, tales como la relación causa-efecto entre la aplicación de un determinado proyecto o programa y el impacto causado, los resultados de dicho proyecto presentes a mediano y largo plazos, los cambios verificados en los grupos o comunidades y la forma en que se producen dichos cambios (sistematización realizada por Libera).(2)

Cabe destacar que las evaluaciones de impacto constituyen un tipo particular de evaluación donde se intenta responder a preguntas sobre causa y efecto. Esta evaluación analiza los cambios en el resultado directamente atribuibles al programa. El enfoque de la causalidad y la atribución es la característica distintiva de dichas evaluaciones y determina las metodologías a emplear.(3)

Los autores de un análisis realizado a diferentes definiciones sobre evaluación de impacto(4) plantean que, de una forma u otra, todos los conceptos coinciden en contemplar dicha evaluación como valoración cualitativa y cuantitativa de los efectos de la aplicación de un proyecto o programa en grupos poblacionales específicos, que indaga en las consecuencias buscadas y derivadas de la apreciación integral de su pertinencia, efectividad, eficiencia, eficacia, sostenibilidad y calidad. Es válido subrayar que la evaluación de impacto se asocia, no con los resultados propiamente dichos, sino con los beneficios o efectos de dichos resultados.

En el 2020, Travieso y Bandera(5) publican la “Concepción integradora para la evaluación de impacto de los procesos sustantivos en la universidad médica de Santiago de Cuba” que se emplea como referente en el presente artículo.

La Resolución 287/2019(6) “Reglamento para el Sistema de Programas y Proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación” del CITMA presta especial atención a los resultados que deben alcanzarse y a estimar los impactos potenciales desde la etapa de planificación, así como su control en el periodo de evaluación.

Además, las indicaciones metodológicas asociadas a esta resolución(7) declaran que para evaluar los impactos se requiere análisis de información, encuestas y análisis estadísticos en muchas ocasiones; sin embargo, pudiera simplificarse mediante la utilización óptima del análisis de información y el criterio de expertos, los cuales podrían aportar resultados válidos en el ejercicio de evaluación. Generalmente, en los proyectos se evalúan impactos tecnológicos, institucionales, económicos, políticos, socio-culturales y ambientales.

Ver detalles del artículo: https://medisan.sld.cu/index.php/san/article/view/4979/html

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Ariadna Velázquez Ricardo
MSc. Informática Esp. Educativa. Esp. Gestión, procesamiento y almacenamiento de la información. CPICM-SC. Infomed.

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